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La Columna de Don Isaac EXPRESO 2022

30/11/2022   

                  REPRIMIR LA REBELIÓN DEL CONGRESO

                       « Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas » 


Es erróneo DISOLVER el Congreso; corresponde reprimir a la treintena de congresistas promotores de la rebelión.

El congresista José Williams usurpa la presidencia del Congreso desde Setiembre 2022 en que depuesta su Presidenta Camones, se hizo elegir Presidente cuando correspondía asumir, ipso jure e ipso facto, a la Vicepresidenta de Camones, Marta Moyano y los vicepresidentes.

Constitucionalmente, toda Directiva congresal es anual: de Julio 2022 a Julio 2023. Únicamente, si hubieran renunciado los 3 vicepresidentes de Camones, cabía la elección de un nuevo Presidente : La elección de Williams es anticonstitucional. Resulta un usurpador.

Williams no es un simple usurpador; pues, para su írrita elección, concertaron los voceros de las 13 bancadas, los 3 vicepresidentes de Camones, la mayoría congresal, la ultra Derecha social y política del país, la totalidad de la prensa y destacadamente la Fiscal de la Nación Benavides. 

Agravándose la torpeza, los 3 vicepresidentes de Camones continúan vicepresidentes de Williams.

Es golpe de Estado de Williams contra el Presidente legítimo Castillo; pues, su propósito personal es inhabilitar a la vicepresidenta de la República Boluarte y simultáneamente vacar y/o destituir a Castillo y así, asumir él, la Encargaduría de la presidencia.

Williams y Pedro Castillo están afanados en estos momentos, el uno por la disolución y el otro por el derrocamiento, que debe acaecer en días o semanas del presente mes.

Disolución del Congreso o derribamiento de Pedro Castillo tendrá resultados fatales, pues comprometería seriamente la SOBERANĺA : Degradación de Estado de Derecho a Estado Anti Derecho o Protectorado de la ONU directamente o a través de la OEA.

Única solución patriótica : respetar los resultados de las límpidas elecciones 2021 (Un Presidente, su vicepresidenta y 130 congresistas).

Cómo sofocar la rebelión está previsto en la Constitución, « artículo 118 Atribuciones y obligaciones del Presidente de la República ». 

Frente al peligro de perder la soberanía, el Presidente Castillo tiene que hacer valer al tope sus calidades constitucionales  de 1) Jefe de Estado, 2) Jefe supremo de las Fuerzas Armadas y PNP y 3) Personificación de la Nación.

Constitución : « Artículo 45.- El poder del Estado emana del pueblo … Ninguna persona (ni Williams), Organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese PODER. Hacerlo constituye REBELIÓN o sedición ».

« Artículo 46.- Gobierno usurpador … Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas ». 

Significa que los actos del Congreso desde Setiembre último son nulos.    


  

                  

23/11/2022

   COLAPSO POLĺTICO DEL PERÚ


El quid del asunto es que la derecha peruana derrotada en las elecciones del 2021 no asume su derrota aduciendo fraude que los vedores (Estados Unidos, Parlamento Europeo e instituciones supranacionales de las que el Perú es miembro como OEA-ONU), unánimemente le rectificaron.

Negar la primacía de la mayoría en política es negar la esencia de la democracia y es desacato de la Constitución. « Artículo 181.- … En materias electorales, de referéndum o de otro tipo de consultas populares, sus resoluciones son dictadas en instancia final, definitiva, y no son revisables. Contra ellas no procede recurso alguno ».

Nuestra Derecha, con mayoría en el Congreso, a causa de su actitud contraria a lo esencial de la Democracia y a la irrevisabilidad de las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones, ha transformado al Perú de Estado de Derecho a Estado de Anti Derecho. En efecto : 

  1. Desde el 1er día acosa al Presidente de la República abusando con interpelaciones, censuras a sus ministros. En 1 año y 4 meses ha derribado como 5 gabinetes y ha intentado 2 vacancias.
  2. Actualmente, el Presidente sometido a proceso de suspensión en el cargo por delito de traición a la Patria (aceptado como traición la opinión presidencial de dar salida al mar a Bolivia).
  3. El Congreso, totalmente se ha aberrado ; pues,depuesta la anterior Presidenta Camones, debió sucederla ipso jure su vice Presidenta Moyano ; pero previo consenso de los portavoces de las 13 bancadas y los vice Presidentes de Camones, acordaron elegir írritamente de Presidente el congresista-Gral José Williams, que aspira al Palacio como Encargado de la Presidencia.
  4. Encuestas : Congreso 6.7% y Presidente Castillo 26%.


La Fiscal de la Nación Patricia Benavides, se ha adherido a la rebelión del Congreso, ha sometido al Presidente de la República a investigación preliminar, 6 de sus comisiones operan en Palacio y ha allanado Palacio varias veces con autorización judicial de descerraje.

El Congreso ya es un verdadero Congreso Anti Derecho y para el Perú mismo falta muy poco para ser Estado de Anti Derecho.

Estamos a punto de perder totalmente la soberanía. Evitarlo es responsabilidad única del Presidente Castillo. Si el Consejo de Seguridad de la ONU declara protectorado al Perú, el Presidente Castillo será el único responsable. Debe cumplir con sus atribuciones de emergencia : Artículo 118 inc. 4 y 19.

Salvar la soberanía y al Congreso reprimiendo a los promotores de la rebelión.





15/11/2022

                                           DE 130 CONGRESISTAS :    ?PROCACES LA MAYORĺA ?


(« Procaz.- Que pide con desvergüenza. Desvergonzado. Insolente. ». Dic. Larousse).

Cuando la Comisión de la OEA llegue este Domingo 20 como está programado, quizás el Presidente Pedro Castillo ya esté remplazado por el actual presidente espurio del Congreso Gral. EP (r) José Williams. Fue el más operativo cuando líder militar y ahora resulta el más operativo como líder político.

En efecto, el Viernes 11 del presente mes, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (21 miembros), declaró por 11 votos contra 10, que el Presidente Castillo incurrió en delito de TRAICIÓN A LA PATRIA al haber opinado darse salida al mar a Bolivia previa consulta con el pueblo peruano.

Ante esta monstruosidad consistente en considerar delito una opinión, el Congreso resultaría procaz; pues, delito es hecho ilícito con pena grave, tipificado así por la ley universal.

Siendo así, el Informe de la OEA tendría que ser resuelto por el Consejo de Seguridad de la ONU porque el Perú ya no sería un Estado de derecho sino un Estado de ANTIDERECHO, sería sometido a alguna forma de tutela (protectorado).

Lo probable es que en la Comisión Permanente del Congreso (32 miembros), su mínima mayoría de 17 contra 15, vote razonablemente que la opinión no es delito. En este caso, Pedro Castillo continúa de Presidente.

De lo contrario, hoy Miércoles 16 de Noviembre, realizado el Pleno del Congreso de 98 congresistas, si su mayoría de 66 miembros optan por el delito, el Presidente Castillo deja de ser Presidente. Asumiría la presidencia constitucional del Perú Dina Boluarte.

Significa que la abyección de considerar delito de traición una opinión y no un hecho, terminaría dando una salida a la actual situación del Perú. Por el camino de la aberración se llegaría al restablecimiento de la constitucionalidad del Perú ; es decir, la mayoría de los congresistas no serían procaces si contradicen a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Esto significa que cuando la Comisión de la OEA llegue el próximo Domingo 20, el Perú se habría normalizado.

Pero en el supuesto de que la mayoría del Pleno sea procaz, el Presidente Castillo suspendido, tiene derecho a que su caso resuelva la Corte Suprema.  Si ésta declara infundada la suspensión, Pedro Castillo recupera su presidencia. El caso peruano solamente lo resolvería el Consejo de seguridad de la ONU.

Mientras el Consejo de Seguridad resuelva, en este lapso, el Presidente debe reprimir la rebelión conforme al Artículo 118 de la Constitución, inciso 4 y 19, salvando así al Perú de convertirse en Protectorado.



08/11/2022

                                              CONGRESO: TOTAL ABERRACIÓN


En Perú, cada 5 años, se elije a los representantes : Un Presidente de la República más 1 o 2 vice Presidentes y 130 congresistas. Elecciones generales.

Ejecutivo y Legislativo son en verdad los únicos poderes políticos. Las otras cimas son del poder administrativo : Judicial, Junta Nacional de Justicia, Ministerio público, Tribunal Constitucional, Defensoría y Contraloría, DESIGNADOS burocráticamente en concursos de mérito.

El Congreso no es 1er poder del Estado; pues:

  1. El congresista es elegido por simple mayoría, no de la totalidad nacional sino solo de su distrito electoral (25 departamentos). Si el congresista es de Lima, requerirá de cientos de miles de votos, si es de Moquegua decenas de miles y si es de Madre de Dios algunos miles.

Incomparable con la votación presidencial : participa toda la ciudadanía, mayoría absoluta (como 10 millones de votos).

  1. El cargo de congresista es irrenunciable por 5 años. Sus funciones principales : legislar y fiscalizar.
  2. Si el Presidente incurre en hechos espeluznantes, el Congreso está facultado-obligado a vacarlo, no por mayoría absoluta sino por mayoría calificada: 87 votos.
  3. El Presidente Castillo como Jefe de Estado está por encima de todas las cimas de poder y además personifica a la Nación. En esta calidad, no puede ser sometido a investigación preliminar, facultad de la Fiscalía ni tampoco a investigación preparatoria que es facultad del Poder Judicial.
  4. El Presidente está obligado a reprimir la rebelión en que incurran las cimas de poder (Constitución. Artículo 45).

Pronto, la Comisión de la OEA tomará conocimiento de nuestra realidad de relajo jurídico, que la ONU ya nos notificó estar degenerando de Estado de Derecho a ESTADO DE ANTI DERECHO.

En efecto : la Fiscalía se ha excedido convirtiendo al Presidente en su investigado.  Imposible jurídico que el Presidente sea investigado por sus inferiores e inimaginable los allanamientos de Palacio con complicidad del Poder Judicial.

El Informe de la Comisión OEA, necesariamente llegará al Consejo de Seguridad de la ONU porque se trata de convertir en protectorado a un Estado miembro.

Para evitarlo, la Junta Nacional de Justicia ya dio la salida : Acaba de ratificar a la ex Fiscal de la Nación Zoraida Ávalos quién declaró improcedente la investigación del Presidente mientras está en ejercicio lo que significa sancionar a Sánchez y Benavides.

El Congreso en absoluta aberración : Su presidencia en poder de un usurpador que sueña con deponer al Presidente Castillo a fines de año y el espurio asumir la presidencia de la República. La rebelión está consumada. El Presidente Castillo debe reprimirla.




01/11/2022

                                                     CONGRESO CUARTEL GENERAL DE WILLIAMS


En el Congreso o Poder Legislativo ya no rige la Constitución del Perú sino la voluntad del Congresista general EP (r) José Williams desde el 13 de Setiembre último en que se hizo elegir Presidente del Congreso.

Conforme a la Constitución, artículos 166 y 168-7, cada 28 de Julio, aniversario patrio, el Presidente de la República concurre al Congreso a leer su mensaje e instalación de la 1ra Legislatura Ordinaria anual. 

La víspera de esta magna ceremonia del mensaje, cada 27 de Julio, el Congreso elige y juramenta a su nueva Junta Directiva anual : Presidente y sus 1ro, 2do y 3er vice presidentes. Si cesa el Presidente, ipso jure le suceden, en orden los vice Presidentes (Constitución Artículo 115).

Obviamente, habiendo vice presidentes, no cabe elegir otro presidente ni sus 3 vice presidentes.

La crisis de gobernabilidad en el quinquenio presidencial 2016-2021 consistió en que la extrema Derecha con absoluta mayoría pretendió gobernar con el Ejecutivo convertido en su pelele. Así vacaron a Kusczynski y a Vizcarra y terminó el período Sagasti, Presidente del Congreso, Encargado de la Presidencia.

Las elecciones generales del 2021, debían restablecer la gobernabilidad pero resultó peor : Ya no era simplemente pugna entre poderes sino que la extrema Derecha perdedora, adujo fraude y por consiguiente negó la legalidad y legitimidad del victorioso Pedro Castillo. 

Es decir, desconocimiento del fundamento de la democracia donde la mayoría manda y la minoría debe reconocer su derrota.

A Julio del 2022, cumpliéndose el 1er año presidencial, la fracción militar del Congreso atribuyendo la derrota a los civiles, se adueñó del poder legislativo. Ilegalmente depuso a Camones, y Williams se hizo elegir Presidente sin la renuncia de esta última.

En este Congreso, hay una numerosa fracción de encumbrados oficiales del Ejército y de la Marina. El más destacado, el General José Williams, estratega de los 3 casos más notorios : Accomarca, Embajada de Japón y el Andahuaylazo. Al hacerse de la presidencia del Congreso, el Colegio de Abogados de Lima que se autoconsidera depositario de la conciencia jurídica de la nación peruana, le dedicó una ceremonia especial donde lo proclamó « Héroe de la democracia peruana ».

Williams diseñó la novísima estrategia para deponer al Presidente Castillo previamente inahabilitando a la vice presidenta Boluarte y él, Williams, a Palacio como Encargado de la presidencia.

Ahora el Congreso está como un cuartel, se chantajea a los congresistas, forzando las 87 firmas para la vacancia.

En Perú no hay Poder Legislativo, tenemos una Fiscalía excediéndose y un Presidente aferrado a su legitimidad de origen. 

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